martes, 27 de abril de 2010

REGISTRO DE EMPLEADORES

De acuerdo al Decreto 625/09 (CABA)- Se crea el "Registro de Empleadores on line", su incripcion y renovacion anual se realizará desde el 1º de Marzo al 31 de Mayo de cada año por el Periodo anterior. Se ha prorrogado hasta el 15 de Julio de 2010

A fin de acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, el "Registro de Empleadores On Line" emitirá a los empleadores una constancia anual, una vez ingresada y remitida la información requerida por el sistema de gestión del mismo. Dicha constancia deberá ser presentada por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de su documentación laboral, o cada vez que un inspector del trabajo requiera la presentación del mismo.

La falta de renovación anual de la inscripción comporta una obstrucción a la labor de la Autoridad Administrativa Laboral

Asimismo, queda establecido que la falta de ingreso y remisión de la información hará pasible al empleador de las sanciones contempladas en la Ley Nacional N° 17.622 y la Ordenanza N° 35.386/79.

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