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miércoles, 22 de abril de 2015

Registro Empleadores ONLINE - CABA - Ejercicio Fiscal 2014

Ciudad de Buenos Aires. Registro de Empleadores Online. Carga de información correspondiente al ejercicio fiscal 2014 hasta el 30 de abril

Recordamos que el 30 de abril del corriente año vence el plazo para la carga de contenido de la información requerida por el "Registro de Empleadores Online", para el ejercicio fiscal del año 2014, en virtud de lo establecido por la resolución (SsT Bs. As. cdad.) 5255/2015.

Asimismo, la citada normativa establece la incorporación a las tablas de contenido de la información del Registro de nuevos campos a completar: "¿Prevé incorporar personal en el año en curso?", "¿cuántas personas prevé incorporar?", "¿qué nivel de instrucción requiere el puesto?" y "¿qué perfil de trabajo debiera tener la persona?".



Resolución (SsT Bs. As. cdad.) 5255/2015


lunes, 18 de marzo de 2013

Registro Empleadores online - CABA - Periodo 2012


18 DE MARZO DE 2013
Registro Empleadores online: 
Rige el plazo para la carga de información

ENTRE EL 1 DE MARZO Y EL 31 DE MAYO, LOS EMPLEADORES DEBERÁN CUMPLIR CON LA CARGA DE DATOS DE INFORMACIÓN DEL EJERCICIO FISCAL 2012 EN EL REGISTRO DE EMPLEADORES ONLINE PORTEÑO.
Esta vigente el plazo para la carga de contenido de la informaciónrequerida por el "Registro de Empleadores Online" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el ejercicio fiscal del año 2012.

La Resolución 22/13 emitida por la Subsecretaria de Trabajo deBuenos Aires y publicada ayer en el Boletín Oficial se estableció que "la carga de información requerida para el ejercicio fiscal 2012, deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de mayo de 2013."
Pasos a seguir
A fin de facilitar el cumplimiento en tiempo y forma de la reformulada obligación laboral, el Gobierno porteño puso a disposición de las firmas un instructivo en donde explica las claves del régimen que exige declarar -entre otros- los siguientes aspectos:
·                     Información general de los empleadores: actividades económicas, domicilio fiscal, datos de registración y CUIT.
·                      Cantidad de empleados y establecimientos que posee la compañía en la Ciudad de Buenos Aires.
·                      Tipo de contrato de los trabajadores.
·                      Lugar de residencia de los empleados.

"El ejercicio fiscal 2012, deberá informarse en el período comprendido entre el º1 de marzo y el 31 de mayo de 2013"

Una vez cumplimentado el trámite, las empresas obtendrán una constancia anual que deberá ser presentada por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de la documentación laboral, o cada vez que un inspector del Ministerio del Trabajo porteño la requiera.

Complementariamente, desde el Gobierno de la Ciudad aclararon diversos aspectos específicos. En primer lugar, se advierte que los datos ingresados al sistema sólo podrán modificarse hasta que finalice el período de carga.

El Ejecutivo local aclaró que si la firma inició sus actividades durante lo que va del 2012 no debe registrarse, ya que los datos requeridos corresponden a los empleados que hayan trabajado durante el año pasado.
Trabajadores eventuales
Adenás, los empleadores deberán ingresar la información referida a empleados con modalidad de contrato eventual que formen parte de la empresa al 31 de diciembre de pasado.
Pasantes
Por el contrario, los pasantes no tendrán que ser declarados. Igual suerte siguen los empleados que lleven adelante servicios que fueron tercerizados por la compañía puesta bajo la mira del Gobierno porteño.

jueves, 1 de marzo de 2012

REGISTRO DE EMPLEADORES - PERIODO 2011

Comienza la carga de datos en el Registro de Empleadores On Line

Desde hoy 1º de marzo hasta el 31 de mayo de 2012 los empleadores deberán cargar los datos en el registro de empleadores online de la Ciudad de Buenos Aires, según lo establece la resolución Nº 2497/SSTR/2011.
El Registro de Empleadores On Line fue creado por el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante el Decreto 625/09, en el mismo se establece que los empleadores con domicilio legal o bien establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán ingresar la información requerida, que será la correspondiente al año calendario inmediato anterior, y la cual revestirá el carácter de Declaración Jurada.
Según informa el gobierno de la ciudad en su página web, el plazo de carga para el período 2011, es a partir del 1º de marzo de 2012 hasta el 31 de mayo del mismo año, según lo establecido en la Resolución Nº 2497/SSTR/2011.

martes, 27 de abril de 2010

REGISTRO DE EMPLEADORES

De acuerdo al Decreto 625/09 (CABA)- Se crea el "Registro de Empleadores on line", su incripcion y renovacion anual se realizará desde el 1º de Marzo al 31 de Mayo de cada año por el Periodo anterior. Se ha prorrogado hasta el 15 de Julio de 2010

A fin de acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, el "Registro de Empleadores On Line" emitirá a los empleadores una constancia anual, una vez ingresada y remitida la información requerida por el sistema de gestión del mismo. Dicha constancia deberá ser presentada por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de su documentación laboral, o cada vez que un inspector del trabajo requiera la presentación del mismo.

La falta de renovación anual de la inscripción comporta una obstrucción a la labor de la Autoridad Administrativa Laboral

Asimismo, queda establecido que la falta de ingreso y remisión de la información hará pasible al empleador de las sanciones contempladas en la Ley Nacional N° 17.622 y la Ordenanza N° 35.386/79.