RESOLUCION
GENERAL Nº 6/2011
VISTO
y CONSIDERANDO
Que
es conveniente mantener fechas de vencimiento uniformes para el pago y
la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los
Ingresos Brutos para el universo de contribuyentes que lo liquidan bajo
las normas del Convenio Multilateral.
Que en tal sentido, es necesario establecer el calendario de vencimientos para el año 2012.
Por
ello,
LA
COMISION ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18.8.77)
RESUELVE:
(Convenio Multilateral del 18.8.77)
RESUELVE:
ARTICULO
1º - Establecer para el período fiscal 2012, las fechas de vencimiento
para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio
Multilateral, detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTICULO
2° - Establecer que el vencimiento para la presentación de la
declaración jurada –Formulario CM05- correspondiente al período fiscal
2011 operará el 29 de junio del año 2012, sin perjuicio de aplicar a
partir del cuarto anticipo el coeficiente unificado y determinar las
bases imponibles jurisdiccionales según lo establecido en los artículos
69 y 70 de la Resolución General Nº 2/2010.
ARTICULO
3º - Comunicar la presente resolución a las jurisdicciones adheridas
para que dicten las normas complementarias de lo dispuesto en los
artículos anteriores.
ARTICULO 4º - Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese.-
MARIO
A. SALINARDI
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CRA ALICIA COZZARIN DE EVANGELISTA
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SECRETARIO
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PRESIDENTE
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