Registro de Empleadores
De acuerdo con la Resolución Nº 2497/SSTR/2011, el plazo de carga para el reempadronamiento vence el 31 de mayo de 2012.Los empleadores que no hayan realizado el empadronamiento correspondiente no podrán rubricar libros laborales. Dicho empadronamiento es obligatorio y su incumplimiento es causa de rechazo de los trámites de rúbricas.
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