29 DE OCTUBRE DE 2013
Autónomos: AFIP oficializó el incremento en los aportes
LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) PUBLICÓ HOY EN EL BOLETÍN OFICIAL
LOS NUEVOS VALORES PARA LOS APORTES QUE REALIZAN LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES
EN EL RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS.
y eleva la categoría mínima a$459,50 y la categoría más alta a $2.021,78.
Por otra parte, los autónomos que pertenecen al segundo escalón de la tabla de
categorías -casi la mayoría de los contribuyentes-, abonarán $643,29.
Si bien los valores fueron oficializados hoy, AFIP los había dado a conocer a
Si bien los valores fueron oficializados hoy, AFIP los había dado a conocer a
principios de mes, cuando vencía el pago del período Septiembre 2013.
Importes vigentes a partir del período septiembre/2013 con vencimiento en
octubre/2013.
Régimen General:
Grupos de Actividades
|
Categorías
|
Importe Mensual
|
| Dirección, administración o conducción desociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo. | V | $ 2.021,78 |
| IV | $ 1.470,39 | |
| III | $ 918,99 | |
Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de servicios
| II | $ 643,29 |
| I | $ 459,50 | |
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores
| II | $ 643,29 |
| I | $ 459,50 | |
| Afiliaciones voluntarias | I | $ 459,50 |
| Menores de 18 hasta 21 años | I | $ 459,50 |
| Jubilados por la Ley 24.241 | I | $ 387,70 |
Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24.828
|
I
| $ 157,95 |
Actividades Penosas o Riesgosas:
Categorías
|
Importe mensual
|
| I´ (I Prima) |
$ 502,58
|
| II´ (II Prima) |
$ 703,60
|
| III´ (III Prima) |
$ 1.005,15
|
| IV´ (IV Prima) |
$1.608,23
|
| V´ (V Prima) |
$ 2.211,32
|
Por último, la RG 3534 oficializó los límites mínimo y máximo de la base imponible para el
cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA),
a partir del período devengado septiembre de 2013, que son los siguientes:
a) Límite mínimo:$ 861,57
b) Límite máximo: $ 28.000,65
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