lunes, 3 de septiembre de 2012

AFIP - Aclaracion RG 3378 - Compras con tarjeta de creditos en el exterior

3 de septiembre de 2012

Compras con tarjetas: "aclaración" de AFIP para sujetos que no son contribuyentes del impuesto

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"Aclaración" de la AFIP respecto a las compras con tarjetade aquellos sujetos que no son contribuyentes del impuesto

Mediante la fe de erratas a la RG 3378, publicada hoy en el Boletín Oficial, la AFIP aclaró (o al menos eso intenta) la situación respecto de aquellos sujetos que realicen compras en el exterior con tarjetas y no son contribuyentes del impuesto a las ganancias o de los bienes personales. Ejemplo, asalariado no alcanzados por el impuesto a las ganancias o monotributistas que no presenten bienes personales.
 
La mencionada fe de erratas, establece que los sujetos pasibles de la percepción del impuesto a las ganancias o sobre los bienes personales en el marco del régimen por compras en moneda extranjera -dispuesto por RG (AFIP) 3378- que no sean contribuyentes de ninguno de los dos impuestos podrán concurrir a las dependencias de la Dirección General Impositiva o podrán comunicarse por mail a la Mesa de Ayuda (mayuda@afip.gob.ar) o por teléfono al call center 0800-999-2347, a los efectos de solicitar asistencia y recibir soporte técnico. 

Lo único que denota esta resolución de la AFIP, es que hasta el momento el fisco no tiene ningún mecanismo previsto para la devolución del pago a cuenta en estos casos.

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