15/4/13
Qué deudas se pueden incluir en el nuevo plan de Facilidades de de pago de AFIP RG 3451. ¿Se pueden de incluir Planes caducos?
¿Puedo incorporar deudas provenientes de planes de pagos caducos?
Sí, las deudas provenientes de
planes de pagos caducos podrán incorporarse en el régimen especial de facilidades de pago previsto por la Resolución General
3451/13, siempre que estuvieran caducos a la fecha de publicación de la presente Resolución
General (25-03-2013).
¿Qué conceptos puedo incorporar de tratarse de obligaciones provenientes de planes de pagos caducos?
Se puede incluir incluir:
a) Obligaciones impositivas
y de los recursos de la seguridad social, cuyo
vencimiento de presentación y pago haya operado hasta el 28 de febrero de 2013,
inclusive, sus intereses, actualizaciones y multas;
b) Multas aplicadas o cargos
suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el 28 de febrero de
2013, inclusive, por tributos a la importación o exportación, sus intereses y
actualizaciones. La cancelación de las obligaciones, multas y/o cargos
suplementarios con arreglo a este régimen, no implica reducción alguna de
intereses resarcitorios y/o punitorios, como tampoco liberación de las
pertinentes sanciones o cargos suplementarios.
Podrá regularizar también:
a) El impuesto que recae sobre
las erogaciones no documentadas, a que se refiere el Art. 37 de la Ley de
Impuesto a las Ganancias.
b) Las deudas derivadas de
ajustes de inspección, en tanto el contribuyente conforme la pretensión fiscal.
c) Las deudas en discusión
administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución
judicial, en tanto el contribuyente se allane o desista de toda acción y
derecho por los conceptos y montos por los que formula el acogimiento, y asuma
el pago de las costas y gastos causídicos, a cuyos fines se deberán observar
las disposiciones del Capítulo G de la RG 3451/13.
¿Cómo debo determinar el saldo de las obligaciones adeudadas incluidas en planes de pagos "Mis Facilidades" caducos?
A los fines de verificar y
determinar los saldos adeudados por cada obligación se deberá acceder al
servicio "MIS FACILIDADES", pestaña "Seguimiento de
Presentación", opción "Impresiones",
disponible en la página web de este Organismo, mediante
"Clave Fiscal".
¿Cómo debo determinar el saldo de las obligaciones adeudadas incluidas en planes de pagos caducos que no fueron generados mediante el sistema Mis Facilidades?
El saldo adeudado se determinará
imputando los pagos parciales realizados de acuerdo con la normativa aplicable
a cada plan.
No hay comentarios:
Publicar un comentario