jueves, 2 de octubre de 2014

Suba del 30% el sueldos minimo del Personal Domestico - Desde Periodo Sept/14

2 de octubre de 2014
Sube 30% el sueldo mínimo de empleados de casas particulares

El aumento deberá pagarse en dos cuotas: una de 20% que empieza a correr este mes y otra de 10% a partir de enero. También fijó el valor mínimo de la hora de trabajo

La Resolución 1062 publicada este jueves estableció además que el personal con retiro abarcado en esa categoría – que incluye "tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar"– deberá percibir $30 por hora de trabajo este año y $33 a partir del 2015.

El sueldo mínimo de empleadas de casas particulares, niñeras y caseros, entre otros, subirá 30% en los próximos meses. A través del Boletín Oficial, el gobierno nacional fijó hoy un aumento de 20% a partir del 1º de septiembre de 2014 (a pagarse desde este mes) y otro de 10% a partir del 1º de enero de 2015.

De esa manera, aquellas personas que trabajen en limpieza y tareas generales del hogar con retiro después del horario laboral cobrarán $3.864 a partir de este mes y $4.186 desde enero, mientras que quienes lo hagan sin retiro percibirán $4.296 y $4.654, respectivamente.

El incremento fue fijado de manera unilateral por el Ministerio de Trabajo de la Nación debido a que aún no está conformada la comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares prevista por la Ley 26.844 para que se lleven a cabo ese tipo de negociaciones. La resolución que lleva la firma del ministro Carlos Tomada establece además que los aumentos "serán de aplicación en todo el territorio de la Nación" sin excepción de ningún tipo.

Asimismo, a partir de noviembre habrá que pagar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) para todo el servicio doméstico. El costo será de:
1) $ 130 mensuales, para quienes trabajen menos de 12 horas semanales 
2) $ 165 mensuales, para quienes trabajen entre 12 y 16 horas por semana habrá que abonar $165.
3) $ 230 mensuales, para quienes trabajen más de 16 horas semanales. 

Los aportes y contribuciones son los que entraron en vigencia por el periodo Septiembre/14 con vencimiento 10/10/2014



CATEGORIAS Y REMUNERACIONES A PARTIR DEL 1° DE SEPTIEMBRE DE 2014
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo
Personal con retiro Hora: $ 37 Mensual: $ 4740
Personal sin retiro Hora: $ 41 Mensual: $ 5280
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo
Personal con retiro Hora: $ 35 Mensual: $ 4404
Personal sin retiro Hora: $ 38 Mensual: $ 4902
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
Hora: $ 34 Mensual: $ 4296
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
Personal con retiro Hora: $ 34 Mensual: $ 4296
Personal sin retiro Hora: $ 37 Mensual: $ 4788
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
Personal con retiro Hora: $ 30 Mensual: $ 3864
Personal sin retiro Hora: $ 34 Mensual: $ 4296

El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.





ANEXO 2
CATEGORIAS Y REMUNERACIONES A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2015
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo
Personal con retiro Hora: $ 40 Mensual: $ 5135
Personal sin retiro Hora: $ 44 Mensual: $ 5720
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar, dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.
Personal con retiro Hora: $ 38 Mensual: $ 4771
Personal sin retiro Hora: $ 42 Mensual: $ 5311
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo
Hora: $ 36 Mensual: $ 4654
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
Personal con retiro Hora: $ 36 Mensual: $ 4654
Personal sin retiro Hora: $ 40 Mensual: $ 5187
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar
Personal con retiro Hora: $ 33 Mensual: $ 4186
Personal sin retiro Hora: $ 36 Mensual: $ 4654


El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

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