Recuerde que...
Factura electrónica.
Nuevos sujetos obligados.
Plazo para informar a la AFIP las dificultades en su implementación
Desde el 1 de abril y hasta el 31 de mayo de 2015, inclusive, tienen plazo
para informar a la AFIP los contribuyentes que por las particularidades propias
de su actividad y/o específicas de su modalidad de facturación detecten
posibles dificultades para dar cumplimiento a la obligación de emitir
comprobantes electrónicos originales desde el 1/7/2015.
Por otro lado, los sujetos que, por razones propias de la implementación del
sistema de facturación, se vean impedidos de cumplir con la obligación de
ingresar al régimen a partir del 1/7/2015, deberán informar la fecha a partir
de la cual darán cumplimiento a dicha obligación, la que no podrá ser posterior
al día 1 de octubre de 2015.
No hay comentarios:
Publicar un comentario