Epoca de
Vacaciones Personal de Casas Particulares (Ley 26844)
Llegada la época de las vacaciones, y de acuerdo
a lo dispuesto por la Ley 26.844 como sigue:
El trabajador gozará de un periodo de licencia
anual ordinaria de vacaciones pagas, conforme la retribución normal y habitual
de:
a) 14 días corridos cuando la antigüedad en el
servicio fuera mayor de seis meses y no exceda de cinco años.
b) 21 días corridos cuando la antigüedad fuera
superior a cinco años y no exceda de diez años.
c) 28 días corridos cuando la antigüedad fuera
superior a diez años y no exceda de veinte años.
d) 35 días corridos cuando la antigüedad fuera
superior a veinte años.
La antigüedad será aquella que tuviese el
trabajador al 31 de diciembre del año al que correspondan las mismas.
Para acceder a las vacaciones anuales, el
trabajador deberá haber prestado servicios durante seis meses del año
calendario o aniversario respectivo con la regularidad propia del tiempo diario
y semanal de trabajo correspondiente a la modalidad de prestación contratada.
En su defecto, gozará de un período de descanso anual, en proporción de un día
de descanso por cada veinte días de trabajo efectivo, que serán gozados en días
corridos. La licencia anual se otorgará a partir de un día lunes o del primer
día semanal de trabajo habitual, o el subsiguiente hábil si aquéllos fueran
feriados.
El empleador tendrá derecho a fijar las fechas de
vacaciones debiendo dar aviso al
empleado con veinte días de anticipación.
Las vacaciones se otorgarán entre el 1º de noviembre y el 30 de marzo de cada año. Las
retribuciones correspondientes al período de vacaciones deberán ser satisfechas
antes del comienzo de las mismas.
Volviendo ahora sí al cálculo para el pago de las
mismas, la ley se limita a señalar que la retribución debe ser la normal y
habitual, dejando abierta la duda de si sólo se ha referido a la base de
cálculo, en cuyo caso hay que tomar el sueldo del trabajador, dividirlo por
veinticinco y multiplicarlo por los días de vacaciones, generando así un plus
vacacional (sumando a esto para completar el mes, el proporcional del sueldo
por los días trabajados), o la expresión se refiere directamente al cálculo. El
razonamiento de la doctrina se inclina por el pago del plus.
Ejemplo: Sueldo
mensual normal y habitual: $ 4.186. Vacaciones a gozar 14 días.
Liquidación:
Sueldo básico por 16 días trabajados: $ 2.232,53
(4.186 / 30 x 16)
Días de vacaciones: $ 2.344,16 (4.186 / 25 x 14)
Modelo de notificación comienzo de vacaciones
Lugar y fecha,……………………………………………...
Señor/a (nombre y apellido del empleado): le comunico que, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, gozará de las vacaciones correspondientes al año 2015. por el período de ...... días. Dichas vacaciones comenzarán a regir desde el día...... hasta el día......, inclusive, debiendo reintegrarse a sus tareas el día......."
......................................
Firma del empleador
"Quedo debidamente notificado de la comunicación precedente."
......................................
Firma
del trabajador
Notificación Reintegro al trabajo
Señor Empleador:Por la presente nota certifico haber gozado del periodo de Vacaciones arriba mencionado, reintegrándome en la fecha de conformidad a mis ocupaciones.
Lugar y
fecha: …………………………………………
.....................................
Firma del Empleado
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